El Ayuntamiento de Barcelona continúa aplicando leyes que pretenden pacificar el tráfico de sus calles. Con la última ordenanza municipal que entrará en vigor a partir del 1 de febrero de 2025, su objetivo es, una vez más, ser más duro contra las motos y los motoristas.

Tanto motocicletas como ciclomotores van a estar más vigilados y así contribuir a la mejora de la seguridad vial con nuevas restricciones y el endurecimiento de algunas sanciones que sufrirán miles de ciudadanos que circulan por la ciudad condal, una de las urbes europeas donde se utiliza la moto con mayor asiduidad.

Vamos a repasar cuáles son los puntos de la ordenanza de circulación que afectan a las motos...

Así afecta la nueva ordenanza de Barcelona a las motos desde 2025

Aparcar mal las motos en Barcelona y multas

  • motos barcelona 1Aparcar en aceras frente a escuelas y hospitales: Multa de 500 euros.
  • Aparcar en aceras de menos de tres metros de ancho: Multa de 50 euros.
  • Estacionar en carriles bici para distribuir mercancías: Multa de 200 euros.
  • Estacionar en pasos de peatones: Multa de 100 euros.
  • Obstruir el uso de contenedores al aparcar: Multa de 50 euros.
  • Zonas de carga y descarga para vehículos de movilidad personal, bicicletas y motocicletas: Podrán usar los espacios de carga y descarga para actividades logísticas, pero deberán respetar las normas de estacionamiento. Si no, multas de entre 50 y 500 euros dependiendo de la gravedad.

¿Cuándo se puede aparcar la moto en la acera en Barcelona?

El consistorio de la capital catalana se ha puesto muy seria con el aparcamiento de las motos en Barcelona persiguiendo con dureza las infracciones y estableciendo cada vez más límites. Tanto es así que, a priori, la ley es muy clara con los lugares de estacionamiento permitidos para las motos:

  • 1. Las motocicletas y ciclomotores de dos ruedas se estacionarán en los espacios destinados especialmente a este fin, sin que puedan ocupar un espacio destinado y delimitado para otro tipo de vehículo. En el supuesto de que no haya, podrán estacionar en la calzada, en semibateria, ocupando una anchura máxima de un metro y medio, y sin impedir el acceso a los vehículos inmediatos.

motos barcelona 3Por tanto, como norma general, debes buscar estacionamientos específicos para motos. Sin embargo, existen excepciones y unas normas que debes cumplir. Esto dice la ley:

  • 2. Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior y no esté prohibido o no haya reserva de carga y descarga en la calzada, de estacionamiento para personas con discapacidad, zonas de estacionamiento prohibido definidas en el artículo 34.3 de esta Ordenanza y paradas de transporte público, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de tres metros de anchura, en las siguientes condiciones:
    a) a una distancia de cincuenta centímetros de bordillo.
    b) A dos metros de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público.
    c) Entre los alcorques, si los hay, sin sobrepasarlos.
    d) Paralelamente al bordillo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura de entre tres y seis metros.
    e) En semibateria, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseos sea superior a seis metros.
    f) Accediendo a las aceras, andenes y paseos con el motor parado y sin ocupar el asiento. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel del bordillo, sin que se pueda acceder por los pasos destinados a los peatones con el motor en marcha y sentado en el asiento.
    g) En todo los casos, se deberá dejar un espacio libre para los peatones de tres metros.
  • 3. El estacionamiento de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirá por las normas generales de estacionamiento.

Patinetes eléctricos y bicicletas en Barcelona, también en el punto de mira

La nueva ordenanza también se ha fijado en la incidencia cada vez mayor de las bicicletas y los patinetes eléctricos. Te indicamos aquí cómo afecta la nueva normativa a ambos tipos de vehículos:

Patinetes eléctricos: normas y multas

  • Husqvarna Skutta 2024 patinete 28Casco obligatorio: Multa de 100 euros.
  • Luces delanteras y traseras obligatorias: Multa de 100 euros.
  • Prohibido circular con dos personas en el mismo patinete: Multa de 100 euros.
  • Circulación permitida en carriles bici y calles con un límite de velocidad de 30 km/h.
  • Circular por aceras: Multa de 500 euros.
  • Circular por una vía con límite de 50 km/h: Multa de 500 euros.
  • Velocidad máxima de 25 km/h. Superarla, multa de 500 euros.
    • En carriles bici sobre aceras, superar los 10 km/h: multa de 500 euros.
  • Alcohol: Superar las tasas legales, multa de hasta 500 euros.
  • Menores de 16 años infractores: Multa de 200 euros.

Bicicletas: normas, prohibiciones y excepciones

  • Bicicletas de pedaleo asistidoProhibido circular por aceras como norma general: Multa de 500 euros. Excepciones:
    • Bicicletas conducidas por menores de 12 años acompañados de adultos.
    • Bicicletas conducidas por menores de 14 años en calles donde no haya carriles bici.
    • Adultos transportando menores en sillas portabebés.
  • No bajarse de la bicicleta en zonas con aglomeraciones de peatones: Multa de 100 euros.
  • Atar la bicicleta en lugares no permitidos (árboles, semáforos, bancos, contenedores, mobiliario urbano): Multa de 100 euros.

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