Sí, pero atención a los detalles
Utilizar una moto automática o un scooter para sacarse el carnet de conducir de moto es perfectamente legal, pero tiene unos requisitos y unas condiciones que has de tener en cuenta: lo que puede parecer más fácil, se puede convertir en más difícil.
Cuando nos disponemos a sacarnos el carnet de moto nos puede surgir la siguiente duda, ¿es necesario hacerlo con una moto con marchas? ¿O puedo hacerlo con una moto automática o un scooter? Si queremos el carnet de conducir para utilizar una moto de cambio manual no tendría sentido plantarse eso porque, dado que tenemos que aprender a conducir, lo mejor es hacerlo con una moto de marchas. Pero si lo que vamos a conducir es una moto automática o un scooter ¿por qué no recurrir a esa posibilidad?
Si quieres sacarte el carnet con una moto automática o un scooter, puedes hacerlo. Es perfectamente legal y, sobre el papel, nada te impide hacerlo. Pero otra cosa son los requisitos y consecuencias que pueda tener esa alternativa, porque ni son pocos ni son sencillos. Así que es importante tener en cuenta todos los detalles antes de decidirnos, no vaya a ser que nos vayamos a arrepentir después.
Según el Reglamento General de Conductores aprobado en el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo, que es el texto legal que regula los carnets de conducir, en el Anexo VII, donde se especifican los “Vehículos a utilizar en las pruebas de control de aptitudes y comportamientos”, en el apartado 4 se nos dice que los vehículos:
“Estarán provistos de embrague y cambio de velocidades manual.
Si el aspirante realiza la prueba de control de aptitudes y comportamientos con un vehículo sin pedal de embrague, o palanca accionada manualmente en el caso de las motocicletas, esta circunstancia se indicará en el permiso de conducción y sólo habilitará para la conducción de un vehículo de estas características.
Se entenderá por «vehículo con cambio de velocidades automático» aquel que no esté equipado con pedal de embrague, o palanca accionada manualmente en el caso de las motocicletas”.
Por lo que, sí, podemos examinarnos con una moto automática o un scooter. Pero en el caso de obtener el carnet con ese tipo de vehículo, dicho carnet solo nos permitirá conducir motos automáticas o scooters, y en ningún caso una moto con embrague y cambio manual.
Ventajas e inconvenientes de obtener el carnet de moto con una moto automática
Veamos si puede merecer la pena, o no, sacarse el carnet con una moto automática. Si te lo planteas es porque piensas que puede ser más sencillo. Y sí, si no tienes experiencia y no sabes conducir una moto, obviamente una moto automática o un scooter es más sencilla de manejar que una moto con cambio manual.
En una moto de cambio manual deberás estar pendiente del embrague, de cambiar de marcha en el momento preciso, de que no se te cale, etc. Y esa coordinación entre pies y manos puede ser complicada al principio. Mientras que en una moto automática o scooter lo único que tendrás que hacer será acelerar y frenar. Fin. Por lo que hacer el examen de maniobras o el de circulación te será mucho más sencillo.
Pero ahora veamos los inconvenientes de recurrir a este tipo de moto a la hora de obtener el carnet. Por un lado, tal y como indica el Reglamento General de Conductores, estarás limitado a conducir únicamente motos con cambio automático. Y ojo, cambio 100% automático, no semiautomático. Por lo que a no ser que tengas muy claro que siempre vas a utilizar una moto automática o un scooter, ya no te merecería la pena. Ya que cuando quisieras utilizar una moto manual tendrías que obtener un nuevo carnet, mientras que el carnet “normal” te permite conducir tanto motos manuales como automáticas.
Por otro lado, el hecho de utilizar una moto automática en tu examen solo de exime de tener que cambiar de marcha. Es decir, todo el examen es es exactamente igual y también son iguales las tasas que habrás de pagar por él. Ni implica descuentos ni un precio inferior, por lo que pagarás lo mismo por un carnet “normal” que por uno “automático”.
¿Más inconvenientes? Necesitarás encontrar una autoescuela que disponga de motos automáticas o scooters que cumplan con los requisitos del carnet que vas a obtener, lo que es hartamente complicado. E incluso si decides sacártelo por libre tampoco te será sencillo, pues raras son las motos automáticas que se adaptan a esas condiciones. ¿Qué condiciones? Pues en el caso del carnet A2, estas:
«Motocicletas de dos ruedas simples de, al menos 16 pulgadas, de cilindrada no inferior a 400 cm³, con una potencia no inferior a 20 kW ni superior a 35 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg».
Y eso, en el mundo de las motos automáticos y los scooters, es realmente difícil de encontrar. ¿Cuántos scooters o motos automáticas te vienen a la mente que sean de más de 400 cc, que monten llantas de 16” y que tengan entre 27 y 47 CV? Solo modelos descatalogados, como por ejemplo una Honda Integra 700 2018-2020 limitada para el A2 o una Aprilia Mana 850 limitada para el A2. Pero poco más.