El ciclomotor eléctrico, otra vez en el olvido

El Gobierno ha aprobado el Plan MOVES III de ayudas a la compra de vehículos eléctricos. Vamos a ver cuáles son las ayudas para las motos eléctricas y cómo vuelve a olvidarse del ciclomotor eléctrico.


El Consejo de Ministros ha dado luz verde al nuevo Plan MOVES III, la tercera entrega de una remesa de ayudas propuesta por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprobando el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril. En él podemos encontrar todos los detalles para optar a estas ayudas a la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables y la instalación de infraestructuras de recarga.

El presupuesto de este Plan MOVES 3 es de 400 millones de euros, ampliables, al menos, a 800. Además, el ministerio ya adelantó que estas ayudas se extenderán hasta 2023 y serán limitadas a particulares y autónomos con diferentes escalas según el tipo de vehículo elegido: hasta 9.000 euros la compra de furgonetas, con hasta 7.000 euros la adquisición de turismos y con hasta 1.300 euros la compra de motocicletas si el usuario achatarra un vehículo de más de 7 años de antigüedad con el objetivo de acelerar la renovación de la flota y la sustitución de vehículos antiguos y contaminantes. En caso de que no se achatarre un vehículo antiguo, las ayudas podrán alcanzar los 4.500 euros para los turismos. También se tienen en cuenta las PYMES, ya que este tipo de empresas se podrán beneficiar de hasta 4.000 euros por la compra de un turismo eléctrico y hasta 5.000 por la adquisición de una furgoneta.

El PLAN MOVES III para motos eléctricas


Vamos a concentrarnos en las motos eléctricas y cómo las trata el nuevo Plan MOVES III. En primer lugar, el tipo de motos eléctricas que se pueden beneficiar de las ayudas a la compra son aquéllas compradas desde el 10 de abril de 2021 y que cumplan estos requisitos:

  • Motocicletas L3e, L4e, L5e: Vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, de más de 50 cc o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada.
  • Además, se especifica que deben «estar propulsados exclusivamente por motores eléctricos y estar homologados como vehículos eléctricos» y que «han de tener baterías de litio, motor eléctrico con una potencia del motor igual o superior a 3 kW (4,02 cv) y una autonomía mínima de 70 km».

Estas condiciones dejan fuera de las ayudas a los ciclomotores (hasta 50 cc), un aspecto que vuelve a ser flagrante e incomprensible. Son precisamente los ciclomotores los tipos de motos eléctricas más baratos y los más adecuados para mejorar la calidad del aire y de la movilidad de las ciudades...

Las ayudas quedan de la siguiente manera y con los siguientes límites y condiciones para particulares, particulares empadronados en municipios de menos de 5000 habitantes (con un 10% de bonificación) y empresas.

  • PARTICULARES:

Categoría

Autonomía

Límite precio venta sin IVA o IGICAyuda (€)
Sin achatarramientoCon achatarramiento
L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3kWMayor o igual de 70 km10.000 €1.100 € / 1210 € (menos de 5000 habs)1.300 € / 1.430 € (menos de 5000 habitantes)
  • EMPRESAS:
CategoríaAutonomíaLímite precio venta sin IVA o IGCAyuda (€)
Sin achatarramientoCon achatarramiento
PYMEGran empresaPYMEGran empresa
L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3kWMayor o igual de 70 km10.000 €750 €700 €950 €900 €

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