¿Cómo beneficiarte por la compra de una moto eléctrica?
El gobierno ha anunciado una deducción del 15% del IRPF por la compra de vehículos eléctricos. Analizamos cómo afecta a las motos eléctricas y quién puede beneficiarse.
Desde principios de esta semana, el Gobierno ha anunciado nuevas ayudas a los compradores de vehículos eléctricos, unas ayudas que se terminaron de decidir en el Consejo de Ministros. Sin embargo, no ha sido hasta hoy cuando se ha publicado el Real Decreto 5/2023 de 28 de junio, conociendo ya toda la información concreta de las medidas adoptadas.
Y es que, como es habitual, la información hablaba de «vehículos eléctricos» haciendo hincapié sobre todo en lo que afectaba a los coches eléctricos y sin conocer cómo afectaba a las dos ruedas.
El titular era bastante claro: los compradores de un vehículo eléctrico se podrán desgravar un 15% en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), una deducción también aplicable cuando instales un sistema de recarga de baterías para vehículos eléctricos. El máximo de esta deducción será de 20.000 euros y los coches eléctricos que se pueden beneficiar deben tener un precio máximo que no supere los 45.000 euros. Esto quiere decir que el mayor descuento al que puedes acceder y el más común es de 3.000 euros (ya que es fácil superar los 20.000 euros en el catálogo de coches eléctricos actual).
El gobierno pretende así dar un empujón a la movilidad eléctrica, un impulso que el Plan MOVES III no ha conseguido. España sigue a la cola de Europa en matriculaciones de coches eléctricos e instalación de puntos de recarga, con una cuota del 4,5% de coches eléctricos, un 11% si añadimos a la ecuación los coches híbridos enchufables, cifras que son la mitad que la media europea.
Cómo afecta la deducción del 15% del IRPF a las motos eléctricas
En cuanto a lo que nos ocupa a nosotros... Las dudas se han despejado con la publicación del BOE y podemos saber cómo se pueden beneficiar los usuarios que decidan comprar una moto eléctrica en la futura deducción del IRPF... pero, ojo, no todos se pueden beneficiar.
Según leemos en el documento, los tipos de vehículos beneficiados por esta medida tienen que cumplir con las mismas condiciones que lo estipulado en el Plan MOVES III:
- Motocicletas eléctricas L3e, L4e, L5e: Vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, de más de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada.
- Propulsión únicamente permitida a motos con motores eléctricos y que estén homologadas como vehículos eléctricos. Aunque no hay en el mercado actual, esto dejaría fuera de las ayudas a las motos híbridas o de otro tipo de combustibles.
- Baterías: Han de tener baterías de litio, motor eléctrico con una potencia del motor igual o superior a 3 kW y una autonomía mínima de 70 km.
- Precio máximo: El límite es el mismo: 10.000 euros (sin IVA o IGIC).
- Deducción máxima: Si hacemos los cálculos, lo máximo que puedes deducirte del IRPF se traducirá en 1.500 euros.
Una vez más, resulta incomprensible que los usuarios de ciclomotores eléctricos queden exentos de estas ayudas, un vehículo muy útil para la descongestión de las ciudades y mucho más accesible que modelos de mayores prestaciones.
En cuanto a la instalación de sistemas de recarga, la base máxima anual de esta deducción será de 4.000 euros, por lo que la cifra máxima que recibirías es de 600 euros.
¿La deducción del IRPF es compatible con el Plan MOVES III y otras ayudas?
Otro de los puntos que mayor interés suscitan es la compatibilidad con otras ayudas, sobre todo pensando en la aplicación del Plan MOVES III. El documento declara que hay que «descontar aquellas cuantías que, en su caso, hubieran sido subvencionadas o fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas». Esto quiere decir que si has aplicado descuentos a través del Plan MOVES III u otras ayudas públicas, la cantidad percibida por la deducción del IRPF será menor.
Si lo aplicamos a la cuantía aplicada en las motos eléctricas, podríamos calcularlo con un ejemplo. Si compras una moto eléctrica por 10.000 euros sin IVA, se te concede una ayuda de 1.100 euros, cifra que tenemos que descontar al precio para tomar como referencia, es decir, el 15% se aplicará sobre los 8.900 euros restantes. Por tanto, la cifra recibida por la deducción del IRPF se quedaría en 1.335 euros adicionales como máximo. Lo mismo ocurre si te has beneficiado de alguna subvención a la hora de instalar un sistema de recarga.
¿Hasta cuándo me puedo beneficiar de la deducción de IRPF por comprar una moto eléctrica?
La medida ha entrado en vigor desde su publicación en el BOE y estará funcionando hasta el 31 de diciembre de 2024. Por tanto, tendrás que comprar una moto eléctrica nueva en este periodo para poder aplicar a la deducción en el ejercicio correspondiente (2023 ó 2024).
También cabe la posibilidad de aplicar esta deducción abonando en el mismo plazo una cantidad a cuenta para la para la futura adquisición de la moto eléctrica, una cuantía que represente, al menos, el 25 por ciento del valor de adquisición total, teniendo que abonar el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad.