Cambios en cilindradas, potencias y diámetro de ruedas
La DGT ha introducido una serie de modificaciones en los requisitos de cilindradas, potencias y diámetro de ruedas de las motos que se utilizan para sacarte el carnet de moto A1 y A2. ¡Te los contamos!
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido realizar algunos cambios en los requisitos que deben tener las motocicletas utilizadas para realizar el examen del carnet de moto de los tipos A1 y A2. Ha sido la reciente Orden Ministerial INT/156/2021 la que modifica el Real Decreto 818/2009 por el que se articula la obtención de los permisos de conducir y donde se han introducido los últimos cambios.
Es en concreto en el Anexo VII donde se explicitan los requisitos de los vehículos utilizados para realizar los exámenes prácticos del carnet de moto, cuyas modificaciones se centran en el rango de cilindradas y potencia. También otro de los cambios, que más han llamado mucho la atención, ha sido la nueva condición de que el vehículo debe tener una rueda delantera de 15" como mínimo. Antes este requisito estaba en un mínimo de 16" en ambos ejes, lo que dejaba fuera a muchos modelos posibles para poder examinarte.
Con estos dos cambios (potencias, cilindradas y rueda delantera más pequeña), la DGT ha querido adecuarse más a la realidad de las calles actual y la que se nos viene en los próximos años, ya que se permite la utilización para el examen de un mayor número de modelos de scooter y también de motos eléctricas y scooter eléctricos, los cuales no suelen tener neumáticos de gran diámetro.
Por otro lado, ¡ojo! Aquí debemos recordar que el Reglamento General de Conductores permite realizar el examen del carnet de moto A1 y el carnet A2 con motos automáticas (sin embrague), pero «si el aspirante realiza la prueba de control de aptitudes y comportamientos con un vehículo de cambio automático, esta circunstancia se indicará en el permiso de conducción y sólo habilitará para la conducción de un vehículo de estas características», según dice el punto 4 de los requisitos generales del Anexo VII y que afecta a la totalidad de scooter y a la totalidad de las motos eléctricas. Es decir, no se te permite llevar motos de marchas.
En el caso de estas últimas, el requisito específico para utilizar una moto eléctrica para el examen del carnet de moto sigue igual desde 2013, y es que «la relación potencia/peso será, al menos, de 0,15 kW/kg» si te quieres sacar el carnet A2 y que «la relación potencia/peso será, al menos, de 0,08 kW/kg», en caso de que quieras obtener el carnet A1.
Modificaciones concretas del Anexo VII:
Cambios en el examen del carnet A2
- TAMAÑO DE RUEDAS
Antes: «Dos ruedas simples de, al menos 16 pulgadas».
Ahora: «Dos ruedas simples de, al menos, 15 pulgadas en la rueda delantera». - CILINDRADA
Antes: «Cilindrada no inferior a 400 cm³».
Ahora: «Si están propulsadas por un motor de combustión interna, deberán tener una cilindrada no inferior a 250 cm3». - POTENCIA Y RELACIÓN POTENCIA/PESO
Antes: «Potencia no inferior a 25 kW ni superior a 35 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg».
Ahora: «Potencia neta no inferior a 20 kW ni superior a 35 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg».
Cambios en el examen del carnet A1
- CILINDRADA
Antes: «Cilindrada no inferior a 120 cm³ ni superior a 125 cm³».
Ahora: «Si están propulsadas por un motor de combustión interna deberán tener una cilindrada no inferior a 115 cm³ ni superior a 125 cm³». - POTENCIA
Sin cambios: «una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,1 kW/kg y que alcancen una velocidad de, al menos, 90 km/h».
¿Cambios en la convalidación del carnet A1 con el carnet de coche?: NO está previsto
El pasado mes, el director general de Tráfico, Pere Navarro, reconoció ante la prensa que «una cosa es conducir un coche y otra conducir una moto» dando a entender que se producían ciertas dudas acerca del marco legal actual que permite a los conductores con carnet de coche y una antigüedad de 3 años el conducir motos de hasta 125 cc sin necesidad de realizar ningún examen o prueba.
El máximo dirigente de la DGT no quiso alertar y confirmó que NO está previsto este cambio por el momento, algo que contradice las informaciones que hemos podido leer en algunos medios durante las últimas semanas. Sí que es cierto que Navarro hizo hincapié en la necesidad de impulsar cursos de conducción segura (incluso pagados por las propias marcas o concesionarios) por lo que cabe esperar futuras modificaciones vayan también por este camino... Estaremos atentos.