¡Suelta el gas!

Analizamos las multas, la pérdida de puntos y hasta las sanciones de cárcel existentes en España por cometer excesos de velocidad en carretera. ¡Toma nota y controla el gas!


Según los datos consolidados de la Dirección General de Tráfico, en 2019 la velocidad estuvo presente en el 23% de los accidentes mortales, es decir, que 300 personas fallecieron en siniestros en los que la velocidad fue uno de los factores concurrentes. Es por eso que la DGT realiza campañas de vigilancia como la realizada entre el 12 y el 18 de julio, con el objetivo de concienciar y controlar los excesos de velocidad en las carreteras, intentando así reducir la accidentalidad y las consecuencias de los accidentes.

Hay que poner especial atención en las carreteras convencionales, donde se producen 3 de cada 4 accidentes. Por eso desde Tráfico insiste en que es muy importante circular a la velocidad establecida, ya que los límites están puestos en función de las características de la vía (curvas más cerradas, cruces al mismo nivel, mayor riesgo en los adelantamientos…).

Y no hay que olvidar que la normativa relacionada recoge que la velocidad máxima genérica para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h; en carreteras secundarias, 90 km/h y en vías urbanas 30 km/h (vías de un único carril) y a 50 km/h (vías de dos o más carriles por sentido). Basándonos en estos límites, los conductores que superen estas velocidades incurren en una infracción grave o muy grave, con multas de entre 100 y 600 euros y pérdidas de entre 2 y 6 puntos.

Pero las sanciones también pueden venir por la vía Penal. Si los excesos de velocidad son superiores en 60 km/h en vía urbana o en 80km/h en vía interurbana, el Código Penal lo tipifica como delito y está castigado con una pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En estos casos, el conductor se ve privado de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Así se menciona en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial:

Límite

20

30

40

50

60

70

80

90

100

110

120

130

Multa

Puntos

Exceso velocidad

Grave

21

40

31

50

41

60

51

70

61

90

71

100

81

110

91

120

101

130

111

140

121

150

131

150

100

41

50

51

60

61

70

71

80

91

110

101

120

111

130

121

140

131

150

141

160

151

170

151

170

300

2

51

60

61

70

71

80

81

90

111

120

121

130

131

140

141

150

151

160

161

170

171

180

171

180

400

4

61

70

71

80

81

90

91

100

121

130

131

140

141

150

151

160

161

170

171

180

181

190

181

190

500

6

Muy grave

71

81

91

101

131

141

151

161

171

181

191

191

600

6

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