Como mucho, a 20 km/h por debajo del límite de velocidad

La DGT, en palabras de su director, Pere Navarro, ha anunciado que la Ley de Tráfico incluirá antes de terminar 2021 una nueva condición para adelantar a ciclistas: hacerlo a una velocidad más lenta. Te contamos cuáles son las cuatro condiciones...


La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que tiene la intención de modificar la normativa relacionada con los adelantamientos a ciclistas. Ahora mismo es obligatorio dejar al menos 1,5 metros de separación. Incluso se permite pisar e invadir el carril contrario aunque haya línea continua. Pues bien, el director de Tráfico, Pere Navarro, ha adelantado que se está trabajando en una nueva norma que haga obligatoria la reducción de la velocidad antes de adelantar a los usuarios en bicicleta. En concreto, se quiere rebajar en al menos 20 km/h el límite máximo de la vía en ese momento. Por ejemplo, en una carretera convencional con 90 km/h como máxima velocidad, el límite bajaría en este punto a 70 km/h.

Si se infringe esta norma, el usuario habrá cometido una infracción grave tipificada en el Reglamento General de Circulación y tendrá una multa de 200 euros y pérdida de 3 puntos del carnet de conducir.

Según ha anunciado el director de la DGT en la conferencia Executive Forum, entrará en vigor antes de terminar el año y se modificará la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial mediante un real decreto que llegará en pocos meses.

El objetivo es reducir los siniestros entre ciclistas y otros usuarios de la vía, ya que estamos ante uno de los denominados colectivos vulnerables junto a peatones y motoristas.

Las 4 normas para adelantar a ciclistas desde 2021


Ducati MIG RR 2019 ebike 03Los artículos 85 y 88 de la Ley de Tráfico recogen las tres directrices de la DGT para adelantar a un ciclista o grupo de usuarios en bicicleta fuera de ciudad. En cuanto se apruebe el nuevo texto, pasarán a ser estos cuatro:

  • Dejar una separación lateral no inferior a 1,50 metros.
  • Rebasar la línea continua, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro.
  • Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario (aunque sea por el arcén).
  • Reducir la velocidad en al menos 20 km/h por debajo del límite genérico de la carretera en la que se realiza la maniobra de adelantamiento.

¿Es de verdad más seguro un adelantamiento más lento?


Obviamente, la velocidad es un factor clave a la hora de valorar las posibles lesiones en caso de accidente. Sin embargo, la realización de un adelantamiento a 20 km/h menos hace que la maniobra de adelantamiento dure más, por lo que el tiempo de riesgo es ligeramente mayor.

Ocurre lo mismo con la reciente supresión de la norma que permitía a turismos y motocicletas adelantar en carretera convencional a 20 km/h más del límite máximo de velocidad.

Muchos han criticado esta decisión porque ahora la maniobra de adelantamiento va a requerir de mayor espacio y más tiempo para realizar esta maniobra de adelantamiento.

¿Opinas que es correcta esta decisión o, por el contrario, va a hacer más peligrosa esta maniobra de adelantamiento?

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