Posibilidades de dar de baja el seguro de la moto durante la cuarentena
Si tienes la moto parada debido al estado de alarma y crees que puedes ahorrarte dinero del seguro, te explicamos si puedes hacerlo o no y en qué condiciones.
Una de las medidas más restrictivas y agresivas del estado de alarma decretado por el gobierno central el pasado 15 de marzo es la limitación de la movilidad de los ciudadanos, quedando estrictamente restringida a los trabajadores (actividades esenciales) o a otro tipo de razones muy concretas como ir a la compra, la farmacia o al médico. Por tanto, para muchos la posibilidad de ir en moto se ha anulado, ya sea por necesidad de ir al trabajo a diario o por diversión en fin de semana. Por tanto, muchos se han planteado la posibilidad de dar de baja el seguro de la moto durante el tiempo que dure el estado de alarma. Se trata de una medida que puede reducir los gastos del hogar ante situaciones repentinas de despidos, ERTEs o simplemente la propia incertidumbre ante el incierto futuro.
Puede parecer una decisión lógica. Si la moto se va a quedar aparcada y sin usarse, ¿para qué contar con el gasto y la cobertura del seguro mientras tanto?
Pero no es tan fácil. Según la ley, todo «vehículo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro [...], que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil [...]». La DGT, basándose en esta norma, ha avisado muchas veces de que estos vehículos, independientemente de estar siendo utilizados o no, deben tener el seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor.
Según el artículo 3 de esta Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor recoge las sanciones y multas por el incumplimiento. Para empezar, como es evidente, la moto sin seguro no puede circular (puede ser precintada o guardada en depósito), pero el propietario recibirá una multa de entre 601 a 3.005 euros, según que la moto «circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción».
La alternativa: Baja temporal de la moto en Tráfico
Si aun así crees que quieres o tienes que ahorrarte este gasto, existe una alternativa y es dar de baja temporal la moto en la DGT con un coste de sólo 8,50 €. Una vez realizado el trámite, el vehículo queda registrado en Tráfico como una moto que está paralizada en un lugar privado sin posibilidad de moverse. En ese momento, ya podemos cancelar nuestro seguro o no renovarlo. Además, podemos ahorrarnos también la necesidad de pasar la ITV si coincide este periodo o ahorrarnos el impuesto de circulación durante ese tiempo.
Actualmente las jefaturas provinciales de Tráfico permanecen cerradas debido al estado de alarma. Sin embargo, la baja temporal de un vehículo es uno de los trámites que ya se pueden hacer online.
Para ello, debes seguir este enlace para realizar el registro electrónico general de la Administración y las siguientes acciones:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” la Jefatura u oficina local más cercana.
- Completa el apartado “Asunto” con el texto: “Solicitud de Baja temporal de vehículo - matrícula”. Por ejemplo: “Solicitud de Baja temporal de vehículo – 0000 ABC”.
- “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjunta los siguientes documentos:
- Impreso oficial relleno.
- Documento justificante de pago de la tasa 4.1: 8,50 euros.
- Declaración responsable firmada en la que se indique que se ha procedido a la destrucción del permiso de circulación de la moto. En caso de no disponer del mismo, adjuntar completado el escrito de declaración responsable.
- En caso de tratarse de maquinaria agrícola, acreditación de baja en el Registro de maquinaria agrícola de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado tu vehículo.
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.