De momento, sólo es obligatoria la frenada combinada CBS en las '50' y '125'
Las motos 125 y los ciclomotores deben contar, al menos, con frenada combinada. Ahora en Europa se plantea la posibilidad de que el ABS obligatorio, ya en las cilindradas superiores, lo sea también en este tramo del carnet AM y A1.
Ya llevamos más de un lustro en el que las motos nuevas se venden ya con ABS por obligación. Fue al empezar el año 2016, con la entrada en vigor de la Euro 4, cuando aquellas motocicletas nuevas debían tener ya el sistema antibloqueo de frenos de serie. Sin embargo, había todavía algunos modelos que se libraban de esta exención: los ciclomotores (50 cc) y las motos 125. Cualquier modelo superior a esta cilindrada que se venda nuevo en un concesionario tiene que traer de serie el ABS.
Y sí, es una medida que sigue vigente, pero desde Europa quiere extenderse la obligación también a los ciclomotores (homologación L1e) y a las motocicletas de hasta 125 cc (homologación L3e-A1). Hasta ahora, estos modelos pueden instalar también ABS si el fabricante lo desea equipar de serie u opcional. De lo contrario, sí que deben contar con un sistema de frenada combinada (CBS), un mecanismo mediante el cual cuando el conductor frena de una rueda, se activa automáticamente también el freno del otro eje. De esta manera, la frenada se reparte de manera más gradual entre ambos ejes, lo que repercute en un mayor control y eficacia de frenada, aunque sin evitar los temidos bloqueos, lo que lo sitúa por debajo del ABS.
Ha sido en concreto el Consejo Europeo de Seguridad del Transporte (ETSC) el que ha instado a los gobiernos de la Unión Europea y de cada estado miembro a legislar en este sentido. Se trata de una entidad externa a los órganos de gobierno y por tanto sus sugerencias no son vinculantes, pero sí que es un ente que traza las líneas legislativas del futuro en el mundo del transporte de nuestro continente.
De hecho, el ETSC también sugiere que la edad mínima para conducir un ciclomotor pase a ser de 16 años en todos los países miembros, una edad que varía hasta un mínimo de 14 años. En España ya pasó de 14 a 15 años este umbral a partir del año 2011, una medida que ayudó a la caída paulatina de ventas de este tipo de vehículos en nuestro país durante los últimos años. Los adolescentes quizá han cambiado sus preferencias pero también muchos prefieren esperar un año para, con 16 años, optar ya por el carnet A1, que les abre posibilidades de conducir motos más potentes. Este nicho sólo se ha visto incentivado en los últimos años por la moto eléctrica, el motosharing y los servicios de última milla.
Por otro lado, las motos 125 y scooter 125 suponen la mitad del mercado en España, un tipo de vehículos que se beneficia por sus ventajas propias de movilidad y por la compatibilidad no sólo con su carnet A1 específico sino con el carnet de coche con 3 años de antigüedad, permitiendo acceder a las dos ruedas a una mayor cantidad de público sin necesidad de hacer ningún examen específico.
Con la introducción del ABS obligatorio en el ciclomotor y en la motocicleta de 125 cc, sin duda alguna el vehículo sería más seguro. Por contra, los precios se verían inflados ligeramente al introducir por obligación esta tecnología.
Veremos cómo evoluciona esta cuestión, aunque estamos seguros de que son los propios fabricantes los primeros interesados en introducir éste y otros sistemas de ayudas a la conducción lo antes posible en su equipamiento de serie y al mejor precio.